Autorización en espacio natural protegido
- Órgano gestor del espacio natural
- Aplica cuando el punto está dentro de un espacio natural protegido.
- 12 de agosto de 2026
Qué dice el catálogo
Parques nacionales/naturales, ZEPA y otras figuras de protección exigen autorización del órgano gestor, normalmente autonómico. Los plazos varían mucho entre comunidades. Plazo por defecto: 30 días. VERIFICA con el órgano gestor concreto.
El plazo
30 días · margen nuestro
Este número es nuestro margen de planificación y no una cifra leída en la norma. Un plazo legal no lo decide un modelo de lenguaje ni una estimación: contrástalo con el organismo antes de contar los días.
SIN VERIFICAR, y no hay una única cifra que verificar: la autorización la concede el órgano gestor del espacio, normalmente autonómico, y cada uno tiene su plazo. El RD 517/2024 remite las restricciones medioambientales al RD 1180/2018 (artículo 37) y solo prevé un posible punto de acceso único (artículo 61.4). Los 30 días son un colchón nuestro: consulta al órgano gestor concreto.
La fuente
Lee la fuente oficial, que es la que manda: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-11377
La revisamos por última vez el 12 de agosto de 2026. Una norma puede haberse consolidado después de esa fecha, así que la versión vigente es la del documento y no la de esta página.
Esto orienta y no concede permisos: no es asesoramiento legal ni sustituye a la consulta con la autoridad. Y lo que exige un vuelo concreto depende además del espacio aéreo sobre el punto, de las zonas UAS, de la aeronave y de los papeles del operador, que esta página no mira. Eso es lo que evalúa el producto.
LOWLEVEL cruza este catálogo con el espacio aéreo real y con tu equipo, calcula las fechas a partir de la del rodaje y compone el manual de vuelo con los documentos que respaldan cada línea. Ver el producto · Volver al catálogo